Los Derechos Humanos y los Deberes Espirituales
El 10 de diciembre se conmemora oficialmente el 74o aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, votada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, en el Palacio de Chaillot, en el año 1948. Esta se convirtió en una de las principales cartas que rigen las nobles iniciativas de la ONU, inspirando la elaboración de otros importantes documentos y constituciones, como por ejemplo la Carta brasileña, proclamada en 1988, la “constitución ciudadana”, en la definición del diputado Ulysses Guimarães (1916-1992), que presidió la Asamblea Nacional Constituyente.
El “Borrador de Ginebra”
Eleanor Roosevelt (1884-1962), viuda del presidente norteamericano Franklin Delano Roosevelt (1882-1945), era quien dirigía, desde enero de 1947, el Comité de los Derechos Humanos, convocado por la ONU, hasta la aprobación de los 30 artículos, aquel memorable diciembre de 1948. Considerada la fuerza motriz del proyecto, Doña Eleanor lideró un grupo con 18 integrantes de heterogénea formación cultural, política y religiosa, elaborando lo que se conoció como el “Borrador de Ginebra”, presentado y sometido a la aprobación de los más de 50 países miembros, en septiembre de 1948. Con gran orgullo recordamos la participación del ilustre periodista brasileño, mi estimado amigo, Austregésilo de Athayde (1898-1993), uno de los más destacados colaboradores de ese extraordinario trabajo. Quien también ocupó la presidencia de la Academia Brasileña de Letras (ABL) y del Consejo de Honor para la construcción del ParlaMundi de la LBV, en Brasília/DF.
La anhelada libertad
A lo largo de las eras, el estudio del Derecho se ha perfeccionado, con el fin de dar garantías cada vez más sólidas a la sociedad. El siglo XX, por ejemplo, nos legó un inmenso aprendizaje debido a sus sucesivas conquistas civiles.
En homenaje a tantos activistas que a lo largo de la Historia anhelaron la libertad, y condiciones dignas de vida, y en contribución a tan significativo hito, traigo un fragmento de una modesta conferencia que proferí, publicada entre otros, en “Reflexiones y Pensamientos — Dialéctica de la Buena Voluntad” (1987) y en el “Manifiesto de la Buena Voluntad” (21 de octubre de 1991):
Creer que puedan existir derechos sin deberes es llevar la causa de la libertad al mayor perjuicio. Es importante aclarar que, cuando señalo los deberes del ciudadano por encima de sus propios derechos, de modo alguno defiendo una visión distorsionada del trabajo, en la que la esclavitud es una de sus facetas más abominables.
Por esto, deseamos que todos los seres humanos sean realmente iguales en derechos y oportunidades, y que sus méritos sociales, intelectuales, culturales y religiosos, por más alabados y reconocidos que sean, no provoquen la pérdida de los derechos y libertades de los demás ciudadanos. Por cuanto, libertad sin fraternidad es una condena al caos.
Una sociedad en la que Dios y Sus leyes de amor y justicia inspiren el fervor por la libertad individual, para garantizar a todos su seguridad política y jurídica, como nos inspira la Navidad del Cristo de Dios. Me refiero al Creador Supremo, no al del equivocado entendimiento, que busca hacer de Él que es Amor, un instrumento abominable de fanatismo y tiranía, prejuicio y odio. Consecuentemente, no me refiero al dios antropomórfico, caricaturesco, creado a imagen y semejanza del hombre imperfecto. (...)
Las virtudes reales serán las constituidas por la propia persona en la ocupación honesta de sus días, en la administración de sus bienes y en el respeto por lo que es ajeno, en la bella y estimulante aventura de la vida. Una nación que tenga tales condiciones será siempre fuerte e inviolable.
Deseo que, en pleno siglo XXI, logremos consolidar esos ideales y extenderlos a los pueblos de la Tierra, para que sean plenamente vividos. Y nunca repetir los fracasos del siglo XX.
Los comentarios no representan la opinión de este site y son de responsabilidad exclusiva de sus autores. No se permite la publicación de materiales inadecuados que violen la moral, las buenas costumbres y/o los derechos de terceros. Más información en Preguntas frecuentes.